Funcionamiento del Seguro de Depósitos
A continuación se presentan unos ejemplos de cómo funciona la garantía que brinda el FSD. Para simplificar se utiliza como Monto Máximo de Cobertura (MMC) la cantidad de S/ 100 mil:
- Caso en que el depósito de la persona supera el MMC.
Supongamos que una persona tiene en una institución financiera miembro del FSD un depósito a plazo por S/ 250,000. Si la institución financiera es intervenida por la SBS, el FSD le paga la cobertura del seguro hasta S/ 100 000. El saldo del depósito no cubierto por S/ 150,000 podrá ser devuelto en parte o en su totalidad dependiendo de los resultados del proceso de liquidación de la institución financiera intervenida. - Caso de la persona que tiene cuentas en varias instituciones financieras miembros del FSD y dichas instituciones son intervenidas por la SBS a la vez.
Supongamos que una persona tiene depósitos a plazo por USD 10,000 en un banco, S/ 20,000 en una caja municipal de ahorro y crédito y S/ 5,000 en una caja rural de ahorro y crédito. Las tres instituciones son intervenidas por la SBS a la vez.
El FSD le cubrirá a dicha persona el equivalente en moneda nacional de los USD 10,000 que mantenía en el banco. Si suponemos que la SBS determina un tipo de cambio de S/ 3.80 entonces la persona recibirá S/ 38,000 por parte del FSD.
Por el depósito que mantenía en la caja municipal, el FSD le cubrirá S/ 20,000 y por el que mantenía en la caja rural S/ 5,000. - Caso de la persona que tiene varias cuentas en una misma institución financiera miembro del FSD.
Supongamos que una persona tiene una cuenta de ahorros por S/ 2,000 un depósito a plazo por S/ 50,000 y un certificado a plazo por USD 20,000 todos en la misma institución financiera miembro del FSD la que es intervenida por la SBS.
El FSD sumará las cuentas de dicha persona de la siguiente manera:
- El equivalente de los USD 20,000 al tipo de cambio de S/ 3.80 que resulta en S/ 76,000.
- El depósito a plazo por S/ 50,000
- La cuenta de ahorros por S/ 20,000
- Ejemplo de cómo funciona la cobertura del FSD en el caso de una cuenta mancomunada.
Supongamos que una persona tiene una cuenta de ahorros por S/ 100,000 y una cuenta mancomunada con su cónyuge por S/ 100,000, en una misma institución financiera miembro del FSD la que es intervenida por la SBS.
Se procede entonces a dividir el monto de la cuenta mancomunada entre la persona y su cónyuge correspondiéndoles S/ 50,000 a cada uno.
Luego, al determinar lo que finalmente le corresponde a cada uno (la persona y su esposa) tenemos:
El cónyuge: S/ 50 000,00. Como está por debajo del MMC se le pagará la cobertura por esta cantidad.
La persona: S/ 100,000 por la cuenta individual y S/ 50,000 = S/ 150,000. Como dicha suma está por encima del MMC sólo se le pagará la cobertura hasta S/ 100,000. La diferencia se le devolverá, en parte o en su totalidad, a medida que se liquiden los activos de la institución financiera intervenida - Caso de una persona que tiene una cuenta mancomunada y una cuenta individual en una misma institución financiera que es miembro del FSD.
Supongamos que una persona tiene en una institución financiera miembro del FSD una cuenta de ahorros a su nombre por S/ 5,000 y un depósito a plazo mancomunado con su cónyuge por USD 50,000. La institución financiera es intervenida por la SBS.
El FSD dividirá la cuenta mancomunada entre la persona y su cónyuge por el equivalente en moneda nacional. Supongamos el tipo de cambio de S/ 3.80. Luego, el equivalente de la cuenta mancomunada será de S/ 190,000.
A la persona le corresponderá de la cuenta mancomunada S/ 95,000 y a su cónyuge los otros S/ 95,000.
El FSD sumará a la persona los S/ 5,000 provenientes de su cuenta de ahorros dando un total de S/ 100,000. Como la suma es igual al MMC, la persona recibirá del FSD la cobertura por dicho total de S/ 100,000.
Por su parte, el cónyuge recibirá la cobertura del FSD por S/ 95,000. - Caso de una persona que tiene una cuenta en moneda extranjera.
Supongamos el caso de una persona que tiene un depósito a plazo en una institución financiera miembro del FSD por USD 10,000. Dicha institución es intervenida por la SBS.
La cobertura a pagar por el FSD por una cuenta en moneda extranjera será por su equivalente en moneda nacional. Si el tipo de cambio es de S/ 3.80 entonces el equivalente del depósito a plazo en dólares es de S/ 38,000.
Como el equivalente anterior se encuentra por debajo del MMC el FSD pagará una cobertura a la persona por S/ 38,000. - Caso de una persona que tiene una cuenta en moneda extranjera y otra en moneda nacional en una institución financiera miembro del FSD.
Supongamos que una persona tiene una depósito a plazo en una institución financiera miembro del FSD por USD 15,000 y también un depósito a plazo en moneda nacional por S/ 20,000. La institución financiera es intervenida por la SBS.
El FSD sumará las cuentas de la persona en dicha institución. Por el depósito a plazo en dólares le cubrirá el equivalente en moneda nacional. Si el tipo de cambio es S/ 3.80 entonces el equivalente es de S/ 57,000.
A dicho depósito a plazo en dólares equivalente a S/ 57,000 le sumará el depósito a plazo en moneda nacional por S/ 20,000. El total será de S/ 77,000. Como el total está por debajo del MMC, el FSD le pagará a la persona una cobertura igual a dicho total que es de S/ 77,000.